SEGURO DE ACCIDENTES ESCOLARES 2011
ZURICH CIA DE SEGUROS
Plan de Accidentes Personales
Principales definiciones:
Accidente: Un acontecimiento provocado por una causa externa, imprevista, fortuita y violenta que lesiona al asegurado ocasionándole daño (s) corporal(es). No se considera accidente cualquier lesión corporal o daño provocado intencionalmente por el asegurado.
Deducible: Límite inicial mínimo a cargo del Asegurado por cada padecimiento. El seguro cubre los gastos procedentes a partir de esa suma y hasta los límites establecidos en la póliza.
Coaseguro: Porcentaje aplicado al total de gastos cubiertos derivados de un padecimiento cubierto, después de descontar el deducible. Dicho porcentaje quedará a cargo del Asegurado y será aplicado en cada caso procedente.
Pago Directo: Es el pago que realiza directamente la aseguradora al prestador de servicios por la atención médica, en este caso particular de accidentes cubiertos por este contrato.
Reembolso: Pago de gastos erogados previamente por el asegurado a consecuencia de un accidente cubierto por esta póliza. La aseguradora reintegrará la suma que corresponda al propio asegurado.
Especificaciones del Plan
| Póliza no. |
25100-482-0 |
| Vigencia |
01/01/2012 a 01/01/2013 |
| Suma Asegurada |
$ 15,000.00 M. N. |
| Deducible |
$ 150.00 M. N. |
| Coaseguro |
No aplica |
| Cobertura |
Nacional |
| Participantes |
Alumnos, Personal Administrativo, Docente y Directivo |
.
Accidentes cubiertos por la póliza
Este seguro protege a los alumnos, personal docente y administrativo por las coberturas contratadas, durante el año escolar, mientras:
- Realicen actividades escolares en las instalaciones de la escuela.
- Asistan a cualquier evento organizado y supervisado por las autoridades de la escuela.
- Viajen en grupo directamente hacia o desde el lugar donde se realicen tales eventos dentro del territorio nacional de los Estados Unidos Mexicanos, y se encuentren bajo la supervisión de la referida autoridad.
- Se dirijan de su domicilio a la escuela o viceversa, siempre y cuando esta ruta no tenga ninguna desviación.
Principales exclusiones
Dentro de las condiciones generales de la póliza de Accidentes Personales, es muy importante conocer los gastos no cubiertos por la misma, es decir las exclusiones, y las cuales citamos a continuación:
NO SE CUBRIRÁ POR CONCEPTO DE ACCIDENTE:
- Lesiones o enfermedades que se provoque intencionalmente el asegurado.
- Lesiones sufridas en la comisión de actos delictivos intencionales por parte del propio asegurado o en riñas, siempre que "el asegurado" haya sido el provocador.
- Lesiones sufridas por "el asegurado" en servicio militar de cualquier clase, en actos de guerra, insurrección, rebelión, alborotos, revolución o similares.
- Suicidio o cualquier intento del mismo, o mutilación voluntaria aún cuando se cometa en estado de enajenación mental.
- Infecciones que sufra "el asegurado", con excepción de las causadas por lesiones accidentales.
- Accidentes que ocurran mientras "el asegurado" se encuentre a bordo de una aeronave, excepto cuando viaje como pasajero en un avión de compañía comercial, debidamente autorizada, en viaje de itinerario regular entre aeropuertos establecidos.
- Accidentes ocurridos mientras "el asegurado" este viajando en vehículos que no estén legalmente autorizados para el transporte de pasajeros.
- Accidentes que ocurran por la participación directa del asegurado en la celebración de pruebas o contiendas de velocidad, resistencia o seguridad en vehículos de cualquier tipo.
- Accidentes que ocurran mientras "el asegurado" haga uso de motocicletas, motonetas u otros vehículos similares de motor.
- Accidentes que ocurran al asegurado mientras se encuentre realizando actividades de paracaidismo, buceo, alpinismo, charrería, esquí o tauromaquia.
- Inhalación de gases o humo, excepto si se demuestra que fue accidental.
- Padecimientos mentales o corporales.
- Abortos, cualquiera que sea la causa, excepto si son consecuencia de un accidente.
- Hernias o eventraciones, excepto si se demuestra que fue accidental.
- Radiaciones atómicas.
- Lesiones sufridas estando "el asegurado" bajo los efectos de algún enervante, estimulante o similar, excepto si fue prescrito por un médico.
- Envenenamiento de cualquier naturaleza, excepto que se demuestre que fue accidental.
- Gastos médicos incurridos por acompañantes de "el asegurado" en un hospital o sanatorio.
- Tratamiento médico o quirúrgico cuando este no sea necesario a consecuencia de un accidente.
- Enfermedad preexistente.
- Gastos erogados por donantes o donadores.
- Lesiones originadas por la practica amateur o profesional de box, lucha libre y artes marciales
- Exámenes físicos de rutina
- Cirugía cosmética o plástica, salvo que sea necesario como resultado de un accidente
- Alcoholismo, siempre y cuando este hecho haya influido en la realización del riesgo
- Infecciones oportunistas o neoplasmas malignos, si al momento de la perdida el asegurado sufría del síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA)
- Accidentes ocurridos viajando como piloto, mecánico en vuelo o miembro de la tripulación de cualquier aeronave
¿Cómo actuar en caso de accidente escolar?
1. La canalización del accidentado quedará a cargo del Dr. Miguel Angel Sánchez Gutiérrez (Servicio Médico de la Universidad)
2. Es muy importante contar con el numero de póliza mencionado, así como llevar consigo la credencial que acredite al afectado como estudiante o trabajador del plantel
3. Una vez que el afectado llegue al hospital realizar el pago de deducible de $150.00 (ciento cincuenta pesos 00/100 m.n). para recibir atención médica inmediata, y aplicar de esta forma el pago directo.
El monto máximo cubierto es de $15,000.00 (Quince mil pesos 00/100 m.n.) motivo por el cual, si el gasto hospitalario excede esta suma, el restante tendrá que ser cubierto directamente por el afectado.
¿Qué hacer si no es posible realizar esta canalización al hospital en convenio?
En este caso, si la emergencia fue atendida en algún otro centro de salud o médico particular, primeramente se requiere avalar el caso, de acuerdo a los riesgos cubiertos por la póliza, analizando cómo ocurrió el percance, y una vez autorizado lo anterior, la compañía de Seguros Zurich procederá a efectuar el reembolso correspondiente.
Para tal caso es necesario el procedimiento de reembolso es el siguiente:
Presentar la siguiente documentación en original y una copia
1. Informe médico por cada medico tratante
2. Aviso de accidente o enfermedad llenada por el asegurado
3. Formato de Reclamación de Gastos Médicos
(Solicitar formatos con Andrea Trillo)
4. Orden, Interpretación de estudios, que corroboren el padecimiento
5. Deberá recabar todos los comprobantes de gastos, tales como:
- Recibos de honorarios por cada uno de los médicos anexando detalle de la atención recibida.
- Si el hospital expide una factura por el total de la cuenta, solicite el desglose de dicha factura.
- La(s) factura(s) de farmacia deberán indicar claramente los medicamentos prescritos por su médico tratante, anexando la(s) receta(s) respectiva(s).
- La(s) factura(s) por estudio(s) de laboratorio, placas radiográficas, ultrasonidos, tomografías, resonancia magnética, estudio histopatológico de pieza quirúrgica, etc.
- Todos los comprobantes deberán ser originales con los registros fiscales vigentes y a nombre del asegurado afectado
6. Zurich Vida Compañía de Seguros, S.A. se reserva el derecho de solicitar cualquier información adicional que considere necesaria para evaluar adecuadamente la naturaleza del siniestro.
A todos los gastos que se presenten por vía reembolso, se les aplicará el Deducible de $150.00 por una sola ocasión.
Presentar esta documentación en primer lugar al Dr. Miguel, quien valorará al afectado, y posteriormente, con Andrea Trillo (AON Risk Services), donde se iniciará el trámite de reembolso y se dará el seguimiento correspondiente.
Quedamos a sus órdenes en los siguientes teléfonos.
Gracias por su atención.
Zurich Compañía de seguros:
Lic. León Estrada Gerente vida
Conmutador: (222) 2 32 55 75 Ext. 4525
Tel dir. (222) 242 79 89
Correo electrónico: leon.estrada@mx.zurich.com
Dr. Rodolfo Madrid.
Médico coordinador
Cel 044 22 22 12 94 74
AON RISK SERVICES
Lic. Andrea Trillo
Atención a asegurados IBERO
Tel. (222) 3 72 3000
Modulo AON Edif E-003 Ext. 17107
Cel. 045 22 24 46 04 28
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