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¿Informar o estigmatizar en casos de desaparición?

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El caso de Guadalupe N. demostró el poco cuidado al informar sobre desapariciones en Puebla

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Aunque han pasado un par de semanas, no puedo dejar de pensar en el caso de la niña Guadalupe N., quien estuvo desaparecida una semana, y fue hasta que su familia hizo una movilización que la Fiscalía General del Estado la encontró. Si bien es positivo que la niña esté de regreso en su casa, no puedo evitar seguir enojada por todo lo que se dio posterior a este hecho, por lo que aprovecho este espacio para compartir algunas reflexiones.

Uno de los mayores problemas en todo esto es la forma sobre cómo se comunicó este caso. De acuerdo con la ficha emitida por la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de Puebla y la publicación hecha en la cuenta de X de Alerta Amber Puebla, Guadalupe desapareció el 24 de febrero, y fue localizada el 3 de marzo siguiente.

Lo que pudo acabar como una buena noticia, se convirtió en ataques hacia la menor de edad, provocadas por las formas poco eficientes de informar de la Fiscalía, que en sus redes sociales publicó un comunicado en donde decía que “en entrevista ante la autoridad ministerial, expresó que por voluntad propia salió de su domicilio” y que la menor fue encontrada “en compañía de un masculino de 22 años de edad”.

Esto se tradujo en publicaciones en medios y redes donde se hablaba que la niña “se fue con el novio”, incluso destacando el hecho de que estaba embarazada; y una vez se habló del desvío de los esfuerzos institucionales para buscar a alguien que se fue por gusto, al grado que una diputada al hablar del tema invocó al difunto gobernador Luis Miguel Barbosa, con una declaración que por respeto no replicaré aquí.

Sin embargo, ya que la legisladora citó al exgobernador, vale la pena recordar que en julio de 2024 el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito resolvió el Amparo en Revisión 501/2023, dictando una sentencia en donde se puntualiza que las declaraciones hechas por Barbosa Huerta en donde hablaba que las personas desaparecidas “en algo andaban”, impacta directamente en la forma en cómo se busca a las personas, y que “se actualizó un discurso estigmatizante, ya que mediante las expresiones utilizadas se hizo referencia a dichas personas, entre las que se encuentra un familiar desaparecido de la parte quejosa, desde una visión que estigmatiza y revictimiza, al pretender justificar su situación de desaparecido como consecuencia de presuntas actividades en las que estaban involucradas las víctima”.

La sentencia es amplia y vale la pena echarle un ojo, porque puede ayudarnos a entender cómo la forma en la que difundimos información sobre casos de desaparición sí influye, sobre todo cuando viene de autoridades, como es el caso de la Fiscalía General del Estado.

¿En qué abona a la opinión pública incluir en la comunicación oficial que las menores de edad desaparecidas se fueron por voluntad propia (considerando que fueron dos casos que fueron reportados de la misma manera en esas fechas)? Este tipo de datos abona a generar un discurso que minimiza la desaparición de niñas, en un estado en donde los mecanismos de búsqueda inmediata como el Protocolo Alba no se activan, y en donde del 1 de enero al 15 de marzo de 2025 han desaparecido 114 mujeres menores de 18 años, de las cuales 83 siguen sin ser localizadas, de acuerdo con datos del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas.

Y mientras, por un lado, se informó de forma oportuna que la niña de 13 años “se fue por su voluntad”, no se ha dicho nada de qué pasará con el hombre de 22 años con el que estaba. ¿Se abrirá una carpeta de investigación en su contra por el delito de violación equiparada (tipificado así con base en el artículo 272 fracción II del Código Penal del Estado de Puebla) o por el delito de abuso sexual (con base en la fracción II del artículo 260 del mismo ordenamiento)? Digo esta distinción es importante porque en el caso de este segundo delito la investigación se tiene que abrir de oficio, tal y como se establece en el citado Código, y ya debería haber un proceso en su contra, lo solicite la familia o no.

Si fue importante informar que la niña se fue por su cuenta, ¿no sería importante saber qué pasó con el hombre mayor de edad con el que fue encontrada una niña de 13 años que estaba embarazada?  

Este es uno de los pocos casos con un final “feliz”, pero hay cientos de niñas y niños que han desaparecido en el estado de Puebla. tan sólo al revisar las cuentas de redes sociales de la Alerta Amber y de la Comisión de Búsqueda podemos darnos una idea de la gravedad y de la poca eficacia de la acción institucional.

De ahí que es importante que tomemos conciencia del impacto que tiene la forma en cómo se informa sobre este tipo de hechos, porque generar una narrativa donde se presume que las ausencias son voluntarias impactará no sólo en cómo el Estado busca a las personas desaparecidas, sino también en cómo la sociedad responde a las acciones que las familias toman para buscarles.

Publicado originalmente en e-consulta.
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Material gráfico
Misael Chirino Durán
Fotografía
Ramón Tecólt González

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